El sistema sanitario se ha orientado clásicamente a la enfermedad. Es necesaria una reorientación comunitaria hacia la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, para abordar los problemas de salud de la población, así como potenciar los activos para la salud desde un enfoque integral de determinantes sociales de salud.
La atención a la salud comunitaria es un elemento clave de la cartera de servicios de la Atención Primaria (en adelante, AP). La enfermería y la medicina familiar y comunitaria son las especialidades que forman el núcleo básico de atención a las personas en este nivel asistencial junto con otras categorías de profesionales sanitarios que conforman los Equipos de Atención Primaria.
El Equipo de Atención Primaria (en adelante, EAP) se constituye en el núcleo de apoyo a la comunidad, necesario para potenciar el trabajo en red con el resto de las instituciones, sectores y agentes sociales, para detectar las necesidades en salud y encontrar soluciones comunes.
El Marco Estratégico para la Atención Primaria y Comunitaria, aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en 2019, pretende reforzar la Atención Primaria y Comunitaria para una mayor promoción de la salud, prevención y diagnóstico precoz de la enfermedad, mejora de su control, cuidados en salud, reducción de desigualdades sociales y territoriales y mejora de la eficiencia y sostenibilidad del sistema sanitario. Para hacerlo efectivo, el Plan de Acción de Atención Primaria y Comunitaria 2022-2023, aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 15 de diciembre de 2021, incluye dentro de su objetivo 9. “Orientación a la Comunidad”, la acción 9.1. “Desarrollo de una Estrategia de Salud Comunitaria a nivel de CCAA”, instando a las mismas a desarrollar una Estrategia de Salud Comunitaria que proporcione un marco de trabajo común, adaptado a la realidad de cada territorio.
El Plan de Salud de Castilla-La Mancha horizonte 2025 (en adelante PS), como instrumento de planificación estratégica, dirección y ordenación del Sistema Sanitario, establece las orientaciones básicas, las actuaciones fundamentales del Servicio de Salud y los compromisos principales de las entidades prestadoras de servicios sanitarios y sociosanitarios en el desarrollo de los objetivos y prioridades de atención a la salud del Gobierno de la región, así como las estrategias y planes específicos para su cumplimiento.
El Plan de Atención Primaria de Salud de Castilla-La Mancha, como uno de los planes de desarrollo del PS, incluye, entre sus objetivos generales, “Impulsar la atención comunitaria mediante actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad y la fragilidad, dirigidas a la comunidad”, y contempla un modelo sanitario que tiene que ser proactivo y trabajar con la población antes de que enferme, impulsando medidas preventivas y educando en hábitos saludables, potenciando los mecanismos de coordinación entre el ámbito sanitario, el familiar, el educativo y los servicios sociales, a nivel local y en cada una de las etapas de la vida.
Con objeto de promover y mejorar la salud y el bienestar de la comunidad, se está implementando la Estrategia de Salud Comunitaria de Castilla La-Mancha, que propone reforzar la orientación comunitaria en el ámbito de la AP, y contempla entre sus objetivos generales y específicos, la creación de estructuras y mecanismos de coordinación para trabajar en salud comunitaria a nivel de comunidad autónoma, gerencias y zonas básicas de salud entre los diferentes agentes, con participación de la ciudadanía, para responder de forma coherente y sostenida a las necesidades y demandas de la población y que además sirvan de apoyo a los EAP.
Para facilitar el proceso de toma de decisiones e implementación de las acciones previstas, la estrategia contempla un sistema de gobernanza como herramienta clave a través de tres niveles de actuación, para un trabajo coordinado. El tercero de estos niveles corresponde a los equipos técnico-operativos formado por profesionales, organizados en equipos multidisciplinares, que trabajan en salud comunitaria de forma activa y coordinada y cuya coordinación se llevará a cabo a través de las Comisiones de Salud Comunitaria de cada gerencia.
El presente documento tiene por objeto crear y establecer las normas básicas de composición, organización y régimen de funcionamiento de la Comisión de Salud Comunitaria de las Gerencias, como estructura básica de coordinación a este nivel,
necesaria para el desarrollo de la salud comunitaria de la población con el fin de fomentar la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y la participación comunitaria en salud.
1. La Comisión está formada por:
a) NOMBRE. Presidente/a: Referente de salud comunitaria de la Gerencia.
b) NOMBRE. Secretario/a: Persona adscrita a la Gerencia que actuara con voz, pero sin voto.
c) NOMBRE. Vocales:
1º Representante de la Dirección médica.
2º Representante de la Dirección de enfermería.
3º Responsables de salud comunitaria de los EAP.
4º Responsable de Humanización de la Gerencia
5º Representante del sector educativo.
6º Representante de servicios sociales.
7º Representantes de las organizaciones sociales, asociaciones y colectivos.
8º Representante de la Administración local.
9º Representantes de las fuerzas sindicales.
10º Las personas, en calidad de expertos, que la Comisión determine para las situaciones que lo requiera.
2. Las personas que ocupen la presidencia y vocalías serán designados y nombrados por la persona titular de la Dirección Gerencia.
3. En caso de ausencia de la persona que ostente la presidencia será sustituida por el representante de la Dirección Médica o de Enfermería.